- 3 de septiembre de 2025
Novedades fiscales en el IRPF: deducción para rentas bajas, exención en indemnizaciones y devoluciones a mutualistas
El pasado 25 de julio de 2025 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 5/2025, una norma con implicaciones fiscales significativas que introduce modificaciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Su objetivo principal es reforzar la equidad del sistema tributario mediante medidas dirigidas a contribuyentes con rentas bajas, víctimas de accidentes de tráfico y antiguos mutualistas.
A continuación, desde nuestra asesoría fiscal le presentamos un resumen de los tres cambios más relevantes:
Deducción en el IRPF para trabajadores con rentas bajas
Con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2025, se incorpora una nueva deducción destinada a trabajadores cuyos rendimientos íntegros del trabajo no superen los 18.276 euros anuales, siempre que:
- Dichos rendimientos provengan de una relación laboral o estatutaria.
- No perciban otras rentas (exceptuando las exentas) superiores a 6.500 euros.
Importe de la deducción:
- 340 euros anuales si los rendimientos no superan los 16.576 euros.
- Si los ingresos se sitúan entre 16.576 € y 18.276 €, la deducción se reduce proporcionalmente:
340 € menos el 20 % de la diferencia entre el rendimiento obtenido y 16.576 €.
La deducción se aplica hasta el límite de la cuota íntegra estatal y autonómica atribuible al trabajo y se deduce directamente de la cuota líquida total del IRPF.
Recomendación: contribuyentes con salario mínimo o ingresos modestos pueden beneficiarse de una rebaja en su IRPF de hasta 340 euros.
Exención de las indemnizaciones por accidente de tráfico abonadas por el CCS
La Ley 5/2025 aclara que también estarán exentas de tributación en el IRPF las indemnizaciones por daños personales derivados de accidentes de tráfico, abonadas por el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS).
Hasta ahora, esta exención solo se aplicaba de forma explícita a las indemnizaciones satisfechas por compañías aseguradoras privadas. Con esta modificación, se homogeniza el tratamiento fiscal y se garantiza la protección jurídica y tributaria de los afectados, con independencia del organismo pagador.
Esta medida elimina incertidumbres interpretativas y protege la naturaleza reparadora de estas compensaciones.
Nuevo procedimiento de devolución para mutualistas
Se establece un mecanismo más ágil y uniforme para que los contribuyentes que realizaron aportaciones a mutualidades laborales antes de su integración plena en el sistema de Seguridad Social puedan solicitar la devolución de ingresos indebidos por IRPF en los siguientes ejercicios:
- 2019 y anteriores (no prescritos)
- 2020, 2021 y 2022
A partir del 26 de julio de 2025, las devoluciones podrán tramitarse utilizando el mismo formulario ya habilitado para ejercicios anteriores. Si el contribuyente presentó dicho formulario con anterioridad, este se considerará válido automáticamente para reclamar también los ejercicios de 2020 a 2022, sin necesidad de nueva presentación.
Otros aspectos relevantes:
- Los apoderamientos otorgados antes del 22 de diciembre de 2024 quedarán invalidados si la devolución no ha sido satisfecha.
- Solicitudes en curso no resueltas antes del 22 de diciembre de 2024 se considerarán sin efecto.
- Se suspende el cómputo del plazo de prescripción entre el 22 de diciembre de 2024 y el 26 de julio de 2025, a fin de preservar los derechos de los solicitantes.
Conclusión
La entrada en vigor de la Ley 5/2025 marca un paso importante hacia una mayor justicia fiscal, al introducir medidas concretas que benefician a colectivos tradicionalmente más vulnerables dentro del sistema tributario. La deducción para rentas bajas, la exención de indemnizaciones abonadas por el CCS y el nuevo procedimiento de devolución para mutualistas reflejan un esfuerzo del legislador por adaptar el IRPF a situaciones personales y laborales más diversas y, en muchos casos, complejas.
Estas modificaciones no solo tienen un impacto directo en la tributación de miles de contribuyentes, sino que también requieren una revisión detallada de las circunstancias fiscales individuales para aprovechar adecuadamente los beneficios disponibles.