- 11 de septiembre de 2025
La TGSS intensifica el control documental sobre las declaraciones complementarias
La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ha iniciado una campaña masiva de verificación sobre las liquidaciones complementarias L03 presentadas por las empresas. Estas liquidaciones se utilizan habitualmente cuando se abonan atrasos de convenio, subidas salariales con efectos retroactivos o pagos derivados de sentencias y conciliaciones.
Aunque estas liquidaciones no llevan recargo en la cotización, la TGSS está comprobando que se presenten dentro de plazo y con la justificación adecuada. En caso contrario, podría exigir el recargo del 20% previsto para las cotizaciones ingresadas fuera de plazo.

¿Qué está revisando la TGSS?
El foco de la inspección está en la fecha de control, un dato obligatorio que debe consignarse en la L03.
- Se trata de la fecha en la que se publicó el nuevo convenio colectivo o se notificó la sentencia que obliga a recalcular cotizaciones.
- La TGSS quiere asegurarse de que esta fecha está correctamente indicada y que la causa del incremento salarial —atrasos de convenio, resolución judicial u otra— esté debidamente justificada.
Por este motivo, muchas empresas están recibiendo comunicaciones a través de CASIA, donde se solicita la presentación de documentación acreditativa.
Casos en los que puede recibir un aviso
Una empresa puede ser requerida si ha presentado liquidaciones L03 en alguno de estos supuestos:
- Abono de atrasos derivados de la actualización de un convenio colectivo.
- Pagos por sentencia judicial o conciliación, como en demandas de reclamación de cantidad interpuestas por trabajadores.
En todos los casos, la TGSS busca confirmar que:
- La liquidación se ha presentado dentro del plazo reglamentario.
- La causa consignada en el modelo L03 es real y documentada.
Cómo deben actuar las empresas
Ante la recepción de una notificación, se recomienda seguir este procedimiento:
Verificación inicial: confirme que efectivamente se presentó una L03 y revise los datos del trabajador y el motivo señalado.
Reunir documentación: prepare la justificación correspondiente (convenio o tablas salariales publicadas, nómina con atrasos abonados, sentencia o acta de conciliación).
Presentar en plazo: remita la documentación en 15 días naturales a través de CASIA, en la categoría:
- “Cotización” → “Aportar documentación acreditativa” → “Liquidación Complementaria L03”.
Prevenir consecuencias: si no se aporta la documentación o la causa no se acredita suficientemente, la TGSS puede iniciar un procedimiento recaudatorio y exigir el recargo del 20%.
Conclusión
La campaña de la TGSS busca garantizar que las liquidaciones complementarias L03 responden a causas reales y justificadas. Para los asesores fiscales y laborales, la recomendación es clara: tener preparada la documentación acreditativa y responder en plazo para evitar sanciones o recargos innecesarios.
Una gestión diligente de las liquidaciones complementarias se convierte, más que nunca, en una pieza clave de compliance laboral y de seguridad social para las empresas.