- 21 de septiembre de 2026
El contrato laboral deberá ser más claro: nuevas obligaciones para empresas y asesorías
El BOE de 15 de septiembre de 2026 publicó el Real Decreto 723/2026, de 9 de septiembre, por el que se refuerza la información que las empresas deben facilitar a las personas trabajadoras sobre sus condiciones laborales.
La norma transpone parcialmente al derecho español la Directiva (UE) 2019/1152, relativa a unas condiciones laborales transparentes y previsibles, y tiene impacto directo en el trabajo diario de asesorías laborales, departamentos de personal y despachos que gestionan contratación.

Más detalle en los contratos
El nuevo marco exige que los elementos esenciales de la relación laboral figuren de forma clara en el contrato o en la documentación informativa correspondiente.
Entre otros datos, deberán constar la vigencia del contrato, el centro de trabajo, las funciones, la categoría profesional, el salario base, los complementos, los criterios de cálculo de conceptos variables, la jornada, las vacaciones, el convenio aplicable, la mutua, el procedimiento de extinción y las posibles modificaciones de condiciones esenciales.
La finalidad es reducir el uso de referencias genéricas como “según convenio” cuando la persona trabajadora necesita conocer con precisión sus condiciones desde el inicio.
Periodo de prueba más justificado
Uno de los puntos más relevantes es el periodo de prueba. Cuando supere el límite general de seis meses por previsión del convenio colectivo, deberá justificarse de forma razonada.
Además, el contrato tendrá que indicar su duración y explicar qué aspectos se valorarán para considerar si se ha superado o no.
Para las asesorías laborales, esto obliga a revisar cláusulas tipo y adaptarlas al puesto, al convenio y a la realidad de cada contratación.
Información sobre algoritmos laborales
La norma también incorpora el derecho a conocer las reglas y pautas de funcionamiento de los algoritmos que la empresa utilice en decisiones laborales.
Esta obligación puede afectar a selección de personal, asignación de tareas, organización de jornadas, evaluación del rendimiento, cambios de condiciones o extinción contractual.
Para las asesorías, el uso de herramientas digitales deja de ser solo una cuestión tecnológica y pasa a formar parte de la documentación laboral que debe revisarse.
Contratos vigentes y nuevas incorporaciones
En los nuevos contratos, la información obligatoria deberá facilitarse antes del inicio de la relación laboral.
En los contratos ya vigentes, las personas trabajadoras podrán solicitar los datos esenciales que no consten por escrito, y la empresa tendrá un plazo máximo de 30 días para entregarlos.
También deberán comunicarse por escrito las variaciones relevantes de las condiciones laborales.
Qué deberían preparar las asesorías
La adaptación exige revisar modelos de contrato, anexos informativos y protocolos de comunicación con las plantillas.
Conviene prestar especial atención a empresas con salarios variables, jornadas irregulares, fijos discontinuos, contratación mediante ETT, trabajo en el extranjero o sistemas automatizados de gestión laboral.
El contrato laboral ha entrado en una etapa de mayor transparencia. Para las asesorías, el reto será convertir esta obligación en documentación clara, completa y útil, evitando plantillas demasiado genéricas que puedan abrir la puerta a reclamaciones.