- 4 de diciembre de 2016
Casos en los que el Estado paga el 100% de las cuotas al autónomo
La última reforma laboral aprobada por el Gobierno en el año 2013 introdujo una serie de reducciones y bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social que, tanto los autónomos ya dados de alta, como quienes están pensando en hacerlo, deben conocer.
A continuación, detallamos las bonificaciones más importantes en las que el Estado asume el 100% de la cuota, siempre y cuando se cumplan los requisitos exigidos:
• Trabajadores autónomos que cesen en su actividad por encontrarse de baja por maternidad, paternidad, adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o periodo de lactancia y que sean sustituidos por desempleados con un contrato de interinidad bonificado
• Los autónomos o microempresas que contraten a menores de 30 años inscritos en la Oficina de Empleo obtendrán una reducción del 100% de la cuota por contingencias comunes durante 12 meses. Esta reducción también es aplicable a empresas que contraten a jóvenes a tiempo parcial con vinculación formativa si su plantilla es inferior a 250 trabajadores. Si es superior la bonificación será del 75%
• Recibirán una reducción del 100% de la cuota empresarial a la Seguridad Social durante un año las contrataciones a mayores de 45 años en nuevos proyectos de emprendimiento joven
• El empresario que contrate de forma temporal para formación y aprendizaje a jóvenes desempleados inscritos en la Oficina de Empleo obtendrá una reducción del 75 o el 100% de su cuota a la Seguridad Social
• También está bonificado con el 100% de la cuota empresarial por contingencias comunes el mantenimiento del empleo a personas mayores de 65 años con 38 años y 6 meses de cotización efectiva a la Seguridad Social y contrato indefinido, o con 67 años de edad y 37 de cotización
• Podrán acogerse a la bonificación los contratos de interinidad cuyo fin sea la conciliación de la vida personal, laboral y familiar
• Por último, se beneficiarán de la reducción del total de la cuota los autónomos que contraten a un trabajador a tiempo completo o parcial con el fin de ser sustituidos para el cuidado de menores de 7 años, por tener a cargo un familiar en situación de dependencia o con una discapacidad grave física o intelectual
FUENTE: CINCO DIAS