- 15 de julio de 2017
Deducciones adaptadas al lugar de trabajo del Autónomo
Las novedades de la Ley protegen los accidentes 'in itinere' y permiten descontarse parte de los gastos de electricidad, teléfono e Internet.
8. Trabajar desde casa
Cada vez es más habitual que los autónomos, por el tipo de trabajo que desempeñan, establezcan su centro de trabajo en el hogar. A pesar de que esta práctica pueda tener numerosas ventajas, -por el ahorro en los gastos de alquiler de un local y la comodidad que puede suponer para una persona desempeñar su actividad profesional desde casa- a la hora de deducir ciertos gastos frente a Hacienda no quedaba claro qué porcentaje de la factura de la luz, del agua o de Internet se destinaba al uso personal y cuál al profesional.
Es más, actualmente la Dirección General de Tributos sólo acepta una desgravación del 20% en la factura del agua y la electricidad en caso de disponer de contadores separados. En cuanto a los gastos de teléfono, para poder acogerse a la rebaja, también es imprescindible tener dos líneas diferenciadas. En la práctica, esto no es nada habitual, lo que provoca que finalmente los autónomos no deduzcan estos gastos o, en su defecto, que la rebaja sea errónea.
Tratando de solventar este problema, la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo ha contemplado que, por defecto, los autónomos que trabajen desde casa podrán deducirse una parte de la factura. Se trata de los gastos de IRPF referidos al consumo del agua, de electricidad, y de teléfono, a los que se han incorporado los de Internet, recogiendo el paulatino avance de los medios electrónicos en el mundo laboral.
Pese a que en un primer momento se valoró que la rebaja en los gastos que provocan los suministros necesarios para trabajar desde el hogar fueran de un 20%, posteriormente, la tarifa se ha ampliado diez puntos. Finalmente, la bonificación será un descuento del 30% de la factura del agua, la electricidad, la línea de teléfono e Internet sin que se necesite separar los contadores.
Queda por ver cómo se articula esta medida y la fórmula con la que debe presentarse ante Hacienda.
9. Accidente 'in itinere'
Frente al autónomo que trabaja desde su casa, está el que lo hace en una oficina, un taller o cualquier otro centro al que tenga que desplazarse cada día para desempeñar su actividad. Para estos últimos va destinada la iniciativa que protegerá cualquier incidente que puedan sufrir en el trayecto desde su hogar hasta el centro de trabajo.
Hasta ahora, la Seguridad Social no contemplaba los accidentes in itinere para los autónomos, con lo que, en caso de sufrir un accidente de tráfico cuando se vuelve de la oficina, se consideraba como enfermedad común. Esto, entre otros factores, afecta al cobro de las prestaciones, lo que supone que se aplique el 60% de la pensión desde el día 4 al 20 de la baja y del 75% a partir del día 21 de baja.
Ahora, al considerar los incidentes de este tipo como accidente de trabajo -al igual que sucede con la enfermedad profesional-, se aplicará el 75% de la prestación desde el día siguiente de la baja. Para poder percibir esta ayuda, el autónomo deberá haber optado por pagar la cuota de contingencias profesionales.
10. Comida en jornada laboral
Otra de las iniciativas directamente relacionadas con el lugar desde el que el autónomo desempeña su actividad es la que le permitirá deducirse hasta 26,67 euros al día por dietas. Esta cifra se eleva hasta los 48,08 euros cuando los profesionales trabajen desde el extranjero.
Esta medida supondrá un ahorro importante en los gastos de los autónomos que, por su trabajo, tengan que pasar la mayor parte de la jornada en localizaciones distintas a las que tienen su residencia y les sea imposible volver al hogar para comer. También es especialmente relevante para los autónomos que tratan asuntos referidos a su actividad durante comidas de trabajo, como negociar acuerdos con clientes o precios con proveedores. Además, será una gran ayuda para los emprendedores que exporten y tengan que desplazarse.
Para poder justificar que el dinero se destina a la manutención, los pagos que realiza el autónomo deberán realizarse de forma telemática y en establecimientos de restauración y hostelería. Con esta práctica se pretende que quede un rastro de la operación para evitar posibles fraudes.
11. Formación
La ley prevé ampliar la oferta de cursos destinados a los autónomos, pues actualmente sólo uno de cada 300 programas está dirigido específicamente a este colectivo. Esta formación es especialmente necesaria para que aprendan a gestionar su negocio y a realizar los diferentes trámites, sobre todo los relacionados con el pago de impuestos. También se prestará especial atención a otras áreas como la prevención de riesgos laborales y la contratación.
Los programas tendrán el objetivo de mejorar sus competencias profesionales y aumentar su empleabilidad. Por ejemplo, esto se puede hacer a través de cursos sobre el cuidado de piscinas o jardines, para que puedan seguir activos durante el verano. Para cofinanciar este aumento de la oferta de formación, se planteará la posibilidad de subir en una décima la cotización de los autónomos a la Seguridad Social.
Otros impuestos: IVA e IRPF
Cada trimestre, los autónomos deben realizar los pagos correspondientes a su IRPF e IVA. En el caso del primer impuesto, la cuantía es una proporción de los beneficios obtenidos. Actualmente, existen diversos tramos, con porcentajes que ascienden a medida que también aumentan los dividendos. El sistema no está unificado en toda la Península, sino que existen importantes diferencias entre comunidades autónomas. Los autónomos que facturen menos de 600.000 euros pueden realizar su declaración con el régimen de estimación directa simplificada, que les proporcionará facilidades para calcular las amortizaciones y justificar los gastos. Aquéllos que se dediquen a actividades como la agricultura o el comercio minorista y no superen los 250.000 euros de facturación, podrán optar por el régimen de estimación objetiva o módulos. De esta forma, será mucho más sencillo el cálculo de las cantidades a pagar cada trimestre. Los autónomos también deben completar un libro de facturas emitidas que les permitirá determinar el IVA a pagar. Aunque el tipo general es del 21%, existen tipos reducidos del 10% (para hostelería, restaurantes o bienes de agricultura) y el 4% (para alimentos, medicamentos o libros). Además, algunos servicios están exentos de este tributo.
Qué sueldo fijarse
Antes de iniciar su actividad profesional, los autónomos deben trazar un plan de negocio en el que establezcan el precio que cobrarán por sus servicios. Sin embargo, muchos establecen una cantidad demasiado baja debido a que no tienen en cuenta el pago de los distintos impuestos ni los costes extraordinarios que derivan de su actividad. Los más comunes son los gastos para transporte o la adquisición de material, pero también pueden surgir otros como el alquiler de un espacio de trabajo o la compra de vestimenta adecuada. Además, deben tener en cuenta que dedicarán una parte importante de su jornada laboral a actividades que no están directamente remuneradas, como desplazarse, tener reuniones o cumplir con los papeleos administrativos. Para fijar su salario, tendrán que consultar los precios del mercado. Debido a la gran cantidad de autónomos que hay en España, no suele ser buena idea intentar competir sólo por coste. Lo recomendable es especializarse en una actividad concreta ofreciendo la máxima calidad o un estilo propio. Aunque al principio de su nueva vida laboral, el autónomo puede prestar trabajar sólo para una compañía, conviene que empiece a buscar rápidamente nuevas empresas que le eviten depender exclusivamente de un cliente.
La dieta, un 10% de los gastos
César Jayaro es un psicólogo venezolano que decidió constituirse como autónomo en 2015 cuando comenzó a ejercer otras actividades relacionados con su formación. "Complementé mis estudios con neuromárketing y comercio, por lo que además de sesiones de psicología, hago estudios de consultoría y doy charlas en la Universidad", afirma. Por el tipo de actividad que realiza, Jayaro tiene que comer fuera de su casa los cinco días de la semana, "en ocasiones llegan a seis", afirma el autónomo, que considera que la medida que le va a permitir deducirse 26 euros al día puede beneficirarle especialmente. "Las dietas se comen un 10% de mi sueldo, lo que representa unos 300 euros al mes", señala el psicólogo, esperanzado con los nuevos incentivos.
FUENTE: EXPANSIÓN