- 3 de septiembre de 2025
Romper un precontrato laboral puede implicar responsabilidades legales para la empresa
Es cada vez más común que, durante un proceso de selección, la empresa y el candidato firmen un precontrato: un acuerdo en el que ambas partes se comprometen a iniciar una relación laboral en una fecha futura. Aunque la incorporación aún no se haya producido, romper ese compromiso puede tener consecuencias legales.
En este tipo de situaciones, muchas empresas se preguntan: ¿Puedo echarme atrás sin consecuencias? La respuesta es clara: no siempre. El precontrato es un documento con valor legal, y desistir de él sin causa justificada puede suponer tener que pagar una indemnización al trabajador afectado.
El precontrato: más que una simple promesa
Desde el punto de vista jurídico, un precontrato es un compromiso firme y vinculante, reconocido por la jurisprudencia y respaldado por los artículos 1101 y 1254 del Código Civil. Aunque no haya alta en la Seguridad Social ni prestación efectiva de servicios, las partes están obligadas a respetar lo pactado.
Por tanto, no se trata de una simple intención de contratar, sino de un verdadero acuerdo con efectos jurídicos. Su incumplimiento puede considerarse un quebranto de obligaciones contractuales.
¿Se puede romper el precontrato sin penalización?
Solo en casos muy concretos. Si la empresa simplemente ha cambiado de opinión, ha reorganizado sus planes o ha encontrado un perfil más adecuado, eso no basta. Si no hay una causa objetiva que justifique el desistimiento, el candidato puede exigir una indemnización si demuestra:
- Que existía un acuerdo claro sobre las condiciones del futuro contrato (aunque fuera por email, mensaje o incluso de palabra, si hay pruebas).
- Que aceptó la oferta, rechazando otras oportunidades laborales o incluso renunciando a su empleo anterior.
- Que ha sufrido un perjuicio real: quedarse sin ingresos, asumir gastos de mudanza, alquilar una vivienda o no poder acceder al paro por haber causado baja voluntaria.
¿Cuánto puede costar incumplir un precontrato?
No hay una cifra estándar. A diferencia de los despidos, donde existen baremos definidos, aquí la indemnización dependerá del daño causado. Algunos ejemplos que los tribunales han tenido en cuenta son:
- El salario que habría percibido según el acuerdo frustrado.
- El tiempo sin empleo hasta encontrar otra ocupación.
- Los gastos derivados del proceso de incorporación (viajes, alquileres, formación…).
- La imposibilidad de cobrar el desempleo por renunciar voluntariamente al anterior empleo.
- E incluso el daño moral o reputacional por haber comunicado públicamente una incorporación que finalmente no se materializa.
Los juzgados han reconocido indemnizaciones de entre 2.000 y 6.000 euros, según la gravedad del perjuicio. El plazo para reclamar es de un año desde el incumplimiento del precontrato.
¿Cuándo sí se puede romper sin consecuencias?
La ley permite romper un precontrato sin indemnización cuando hay causas objetivas, graves y debidamente justificadas. Algunos ejemplos son:
- Que el candidato haya sido condenado o inhabilitado legalmente para desempeñar el puesto.
- Que haya falseado información relevante durante el proceso de selección.
- Que surja una circunstancia sobrevenida e imprevisible que impida cumplir con lo pactado.
En cualquier caso, la empresa deberá documentar y demostrar que la causa no responde a una simple preferencia o conveniencia interna.
En resumen, firmar un precontrato implica una responsabilidad real. Si como empresa decides echarte atrás, hazlo con asesoramiento y con motivos sólidos. En caso contrario, podrías enfrentarte a una reclamación por daños y perjuicios que afecte no solo a tu bolsillo, sino también a la imagen de tu organización.