- 30 de junio de 2025
Publicada la Resolución de 9 de junio de 2025: así será la planificación de las actividades preventivas de la Seguridad Social para 2026
El pasado 16 de junio, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó la Resolución de 9 de junio de 2025, por la que la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones define la planificación general de las actividades preventivas que deberán desarrollar las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social en 2026.
Esta planificación se enmarca en el Real Decreto 860/2018, de 13 de julio, y tiene como objetivo organizar y priorizar las actuaciones preventivas de estas entidades, con el foco puesto en la mejora de la seguridad y salud laboral, especialmente en pequeñas empresas y sectores con mayor siniestralidad registrada en 2024.

Un paso más dentro de la Estrategia Española de Seguridad y Salud 2023-2027
La nueva planificación responde a los objetivos recogidos en la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2027, donde se establece el papel clave que deben desempeñar las mutuas. Se busca avanzar en la prevención a través de herramientas de gestión, asesoramiento técnico, sensibilización e innovación, con especial atención a los colectivos más expuestos, como las pymes y los trabajadores autónomos.
Entre las acciones más destacadas figuran:
- Promoción del enfoque “visión cero” respecto a los daños derivados del trabajo.
- Difusión de buenas prácticas en sectores prioritarios.
- Apoyo en la integración de la prevención en las pymes.
- Asesoramiento y difusión de herramientas preventivas para autónomos y pequeñas empresas.
Programas preventivos para 2026: prioridades y líneas de actuación
Durante 2026, las mutuas deberán diseñar sus planes en base a los siguientes programas:
- Asesoramiento técnico a pymes y sectores con mayor siniestralidad.
- Apoyo en situaciones de actividades concurrentes en centros de trabajo.
- Difusión del servicio gratuito de prevención de la Seguridad Social: Prevención10.es.
- Adaptación de puestos de trabajo en empresas con menos de 50 empleados, para la recolocación de personas trabajadoras accidentadas o con patologías profesionales.
- Actuaciones para reducir accidentes laborales y enfermedades profesionales.
- Impulso de la investigación, desarrollo e innovación (I+D+i) en prevención de riesgos.
Cabe señalar que estas actividades deberán contemplar la perspectiva de género en su ejecución y no podrán, en ningún caso, sustituir las obligaciones legales de las empresas en materia de prevención de riesgos laborales.
Financiación, plazos y documentación
El desarrollo de estas actividades se financiará con cargo a los presupuestos propios de cada mutua. El importe destinado no podrá superar el 0,7 % de los ingresos por cuotas efectivamente cobradas por contingencias profesionales en el último ejercicio liquidado.
Además, las mutuas deberán:
- Presentar sus planes de actividades para aprobación entre el 16 y el 31 de diciembre de 2025, indicando destinatarios, número de trabajadores afectados y coste estimado.
- Publicar los planes aprobados en sus respectivas páginas web.
- Etiquetar toda la documentación derivada de estos planes con el título “Plan de actividades preventivas de la Seguridad Social 2026” e incluir el logotipo del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
- Entregar un informe de ejecución durante el primer trimestre de 2027.
Asimismo, el INSS y el ISM podrán solicitar la aplicación de estos programas a empresas y trabajadores incluidos en sus ámbitos de gestión.
Anexos relevantes
La resolución se acompaña de dos anexos especialmente relevantes para la planificación:
- Anexo I: identifica las divisiones de actividad con mayor número de accidentes de trabajo graves y mortales en 2024.
- Anexo II: detalla las enfermedades profesionales con índices de siniestralidad elevados según el sistema de alerta CEPROSS.
Entrada en vigor
La resolución entra en vigor el 17 de junio de 2025, y con ella se pone en marcha la hoja de ruta para que las mutuas colaboradoras orienten su labor preventiva durante el próximo ejercicio, en línea con los objetivos estratégicos de la Seguridad Social.
ADADE Central