- 6 de abril de 2026
Nuevo marco de facturación electrónica: claves fiscales para empresas y despachos
La transformación digital en el ámbito fiscal da un nuevo paso con la aprobación del Real Decreto que regula la obligación de emitir facturas electrónicas para pymes y autónomos. La medida, enmarcada en la Ley Crea y Crece, busca reforzar el control de la facturación y combatir la morosidad, al tiempo que impulsa la digitalización del tejido empresarial.
Para los despachos profesionales y asesores fiscales, este cambio normativo introduce nuevas obligaciones, plazos y retos operativos que conviene anticipar desde ahora.

Implantación progresiva condicionada a la plataforma pública
La entrada en vigor de esta obligación no será inmediata. El calendario dependerá de un elemento clave: el desarrollo por parte de la Agencia Tributaria de una plataforma pública y gratuita de facturación electrónica.
Una vez se apruebe la Orden Ministerial que regule esta solución:
- Las empresas con facturación superior a 8 millones de euros dispondrán de un año para adaptarse.
- Las pymes y autónomos con ingresos inferiores tendrán un plazo de dos años.
Este diseño progresivo evidencia la intención del legislador de facilitar la transición, especialmente en los segmentos con menor nivel de digitalización.
Dos vías para cumplir con la obligación
El nuevo sistema permitirá a empresas y profesionales elegir entre dos modelos operativos:
1. Plataformas privadas de facturación
Las empresas podrán seguir utilizando sus propios programas de facturación, pero con una condición relevante: deberán estar interconectados con la plataforma pública.
Esto implicará:
- Remitir una copia fiel de cada factura emitida
- Informar sobre su estado (aceptación o rechazo)
- Comunicar la fecha de pago
2. Plataforma pública de la Agencia Tributaria
Alternativamente, los contribuyentes podrán utilizar directamente el sistema habilitado por la Administración, que integrará todas estas funcionalidades.
En ambos casos, el elemento común será la trazabilidad completa del ciclo de facturación.
Obligación de informar sobre el estado de las facturas
Uno de los aspectos más relevantes de la reforma es la obligación de comunicar a la Administración no solo la emisión de la factura, sino también su evolución:
- Si ha sido aceptada o rechazada
- Cuándo ha sido pagada
Los plazos para remitir esta información también serán escalonados:
- Grandes empresas: desde el primer año tras la Orden Ministerial
- Pymes y autónomos: hasta tres años después de su entrada en vigor
Este control reforzado tiene como objetivo principal mejorar la transparencia y reducir los plazos de pago, uno de los principales problemas estructurales del tejido empresarial.
Ámbito de aplicación: operaciones entre empresarios
La factura electrónica será obligatoria únicamente en operaciones entre empresarios y profesionales (B2B).
Quedan fuera:
- Operaciones con consumidores finales
- Emisión de tiques simplificados en sectores como hostelería o comercio minorista
Este matiz es relevante para delimitar correctamente el alcance de la obligación y evitar interpretaciones erróneas en su aplicación.
Diferencias con Verifactu: dos sistemas complementarios
Es importante no confundir esta nueva obligación con el sistema Verifactu.
- Factura electrónica (Ley Crea y Crece): orientada a la digitalización y control de pagos
- Verifactu (Ley Antifraude): centrado en el envío de registros de facturación para control del IVA
Aunque ambas normativas están relacionadas, responden a finalidades distintas y exigirán una adaptación conjunta de los sistemas de gestión.
Implicaciones prácticas para asesores fiscales
La implantación de la factura electrónica obligatoria exigirá a los despachos profesionales:
- Revisar los sistemas de facturación de sus clientes
- Evaluar la compatibilidad de software con la plataforma pública
- Adaptar procedimientos internos de control y seguimiento
- Asesorar sobre los plazos y obligaciones de información
Además, será clave anticipar el impacto en la gestión administrativa y en la liquidez empresarial, especialmente en lo relativo al control de cobros y pagos.
Fiscalidad digital y control de la morosidad: un nuevo escenario
Más allá de su componente tecnológico, la medida responde a un objetivo claro: reducir la morosidad y mejorar la transparencia en las relaciones comerciales.
El control en tiempo casi real del estado de las facturas permitirá a la Administración disponer de una información más precisa sobre los plazos de pago, lo que puede traducirse en futuras actuaciones de control o medidas adicionales.
Para los asesores fiscales, este nuevo escenario refuerza su papel como figura clave en la adaptación de empresas y autónomos a un entorno fiscal cada vez más digitalizado y exigente.