- 7 de abril de 2026
Emprender un negocio en marcha: el riesgo de asumir deudas previas
Los nuevos emprendedores que se adentran en el mundo de las franquicias o que retoman un negocio en funcionamiento deben tener en cuenta un aspecto crucial: las deudas tributarias previas. A partir de un reciente criterio fijado por el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), Hacienda tiene la capacidad de reclamar el 100% de las deudas fiscales generadas por el anterior titular, incluso sin una transmisión formal del negocio. Esto ocurre siempre que se acredite la continuidad económica de la actividad.

Un cambio en el enfoque fiscal: la sucesión de actividad
El TEAC ha determinado que, bajo el artículo 42.1.c) de la Ley General Tributaria, un autónomo o franquiciado que adquiera un negocio en funcionamiento puede ser responsable de las deudas fiscales anteriores si hay continuidad en la actividad. Esto significa que, aunque no haya una compraventa formal del negocio, si el nuevo titular sigue desarrollando la misma actividad, utilizando los mismos recursos, o incluso manteniendo los mismos medios materiales, Hacienda puede entender que se trata de una sucesión de hecho de la actividad económica.
Para los asesores fiscales, esto plantea una gran responsabilidad al momento de orientar a nuevos franquiciados o emprendedores que asuman un negocio previamente operado por otra persona. El criterio del TEAC deja claro que el elemento clave es la realidad económica de la explotación, más que la forma jurídica del relevo.
Un cambio importante para las franquicias y pequeños negocios
Este enfoque es particularmente relevante para el sector de las franquicias y pequeños negocios, donde es habitual que un nuevo titular se haga cargo de un establecimiento ya en funcionamiento, ya sea por relevo del franquiciado anterior, cesión de hecho o continuidad operativa. Aunque no haya habido una transmisión formal, el riesgo fiscal histórico de la actividad podría alcanzar al nuevo titular si la actividad sigue operando de forma esencialmente igual.
En este contexto, la Administración tributaria refuerza su capacidad para asegurar el cobro de deudas, lo que implica que los nuevos emprendedores deben estar preparados para asumir la responsabilidad tributaria por deudas pasadas, a menos que demuestren de manera clara que no existe una continuidad operativa.
Lo que deben saber los emprendedores y asesores fiscales
Para los asesores fiscales, esta resolución implica una necesidad de mayor diligencia en la revisión de las situaciones de los nuevos emprendedores. En especial, deben analizarse aspectos como la continuidad del negocio, el uso de los mismos locales, los trabajadores, la clientela o incluso la relación con los proveedores, ya que estos elementos pueden indicar que existe una sucesión de actividad a efectos tributarios.
Los emprendedores que inicien negocios en marcha deben ser conscientes de que, aunque las obligaciones fiscales no sean evidentes a primera vista, la Agencia Tributaria podrá exigírselas si se determina que hay una sucesión de actividad.
En resumen, el nuevo criterio del TEAC establece que los emprendedores deben tener cuidado al tomar control de un negocio en marcha, ya que Hacienda podría exigirles el cumplimiento de las deudas fiscales previas si la actividad sigue funcionando de forma continua. La clave estará en la documentación y el análisis de la realidad económica de la operación.
Este cambio también implica que los asesores fiscales desempeñarán un papel crucial en la evaluación de los riesgos fiscales de los nuevos emprendedores, asegurando que comprendan sus obligaciones antes de asumir un negocio con posibles deudas tributarias.