- 25 de junio de 2025
Cuenta atrás para adaptar el CNAE: empresas y autónomos deben actualizar su actividad antes del 30 de junio
El próximo 30 de junio de 2025 es el plazo máximo para que empresas y trabajadores autónomos comuniquen su nuevo código CNAE-2025 a la Seguridad Social. Esta actualización responde a la entrada en vigor del Real Decreto 10/2025, aprobado el pasado 14 de enero, que establece una nueva versión de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas.
Aunque su operatividad real comenzará el 1 de enero de 2026, la Tesorería General de la Seguridad Social ha exigido que la transición administrativa comience este mismo año.
¿Por qué cambia el CNAE?
Desde que se adoptó la CNAE-2009, hace más de una década y media, el panorama económico ha cambiado radicalmente. La globalización, la digitalización y la transformación ecológica han provocado el surgimiento de nuevas actividades y la desaparición o evolución de otras.
La nueva clasificación busca reflejar esa transformación, facilitando una visión más actualizada de la economía y permitiendo a los organismos públicos trabajar con datos más precisos y comparables a escala nacional e internacional.
El CNAE y su utilidad
El código CNAE no es un simple trámite administrativo. Se trata de un identificador fundamental para:
- Cumplir con las obligaciones ante la Seguridad Social y la Agencia Tributaria.
- Ayudar al Instituto Nacional de Estadística (INE) a elaborar estadísticas económicas fiables.
Tanto empresas como trabajadores por cuenta propia (RETA) deben tener correctamente asignado este código, ya que de él dependen aspectos como las cotizaciones sociales, los modelos fiscales o la clasificación de riesgos laborales.
Estructura técnica del CNAE-2025
La estructura del nuevo código se mantiene jerárquica, pero gana en coherencia y detalle:
- Sección: una letra que agrupa actividades generales.
- División: dos dígitos que delimitan áreas más específicas.
- Grupo: un tercer dígito para mayor precisión.
- Clase: cuatro dígitos que describen la actividad concreta.
Diferencias con el IAE
Conviene recordar que el CNAE y el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) no son equivalentes. Mientras el CNAE tiene una finalidad estadística y clasificatoria, el IAE es un tributo que afecta únicamente a quienes tienen un volumen de negocio superior al millón de euros anuales.
Fuentes de referencia internacional
El nuevo CNAE-2025 ha sido desarrollado tomando como base los estándares de clasificación internacionales:
- NACE, elaborada por el Sistema Estadístico Europeo. El CNAE es idéntico a la NACE hasta el tercer nivel.
- ISIC o CIIU, desarrollada por la ONU. Coincide hasta el segundo nivel, y a partir de ahí se detalla según necesidades europeas y nacionales.
Cambios destacados en la clasificación
La actualización del CNAE no es meramente formal. A continuación, se resumen los principales cambios:
- Intermediación: surgen nuevas clases para reflejar el auge de las plataformas digitales y la economía colaborativa.
- Industria manufacturera:
- Se introducen categorías para el acabado de productos.
- Se unifican las actividades de fabricación de piezas y de productos completos.
- Aparecen clases específicas para vehículos, barcos y aeronaves militares.
- Comercio:
- La división 45 desaparece. Sus actividades se redistribuyen entre otras divisiones como la 46 (mayoristas), la 47 (minoristas) y la 95 (reparaciones).
- Se elimina el criterio de canal de venta (tienda física, online, mercadillo).
- Energía:
- El grupo 35 se reorganiza, priorizando el origen renovable de la energía.
- Residuos:
- La división 38 se redefine para incorporar el concepto de valorización de residuos.
- Transporte:
- Cambios en las clases del transporte terrestre de pasajeros (división 49).
- Sección J:
- Se desglosa en dos nuevas secciones:
- J: edición, radiodifusión y contenidos.
- K: telecomunicaciones, programación, consultoría informática y servicios digitales.
- Se desglosa en dos nuevas secciones:
¿A quién afecta este cambio?
Tanto autónomos como sociedades mercantiles están obligados a revisar y, si procede, actualizar su clasificación económica. Existen tres escenarios principales:
- Empresas ya registradas con CNAE-2009: deben comunicar su nueva codificación antes del 30 de junio de 2025 a la Tesorería General de la Seguridad Social.
- Altas nuevas a partir del 3 de marzo de 2025: deberán indicar directamente su CNAE conforme al nuevo sistema.
- Periodo transitorio: en todos los casos, deberá mantenerse el código CNAE-2009 vigente hasta que entre en vigor la nueva tarifa de primas de cotización por contingencias profesionales, adaptada al CNAE-2025.
Asistencia y herramientas disponibles
Para facilitar el proceso, el INE ha lanzado CodIA, una herramienta basada en inteligencia artificial. Permite encontrar el nuevo código CNAE introduciendo una descripción de la actividad económica y, si se conoce, el código CNAE-2009 anterior.
Además, la Seguridad Social actuará de oficio en los casos donde el CNAE no haya variado. En estos supuestos, el titular recibirá una notificación informativa sin necesidad de realizar ningún trámite.
Por el contrario, si la actividad se ha modificado, reubicado o creado de nuevo, se notificará a la empresa o trabajador autónomo para que elija entre los códigos sugeridos. Esta selección deberá formalizarse a través del servicio online “Comunicar código actividad CNAE25” en la plataforma Importass, accesible desde:
- El Área Personal del usuario.
- El apartado “Bajas y modificaciones” en la página de inicio del portal.
Conclusión
La actualización al CNAE-2025 no solo es una obligación legal, sino también una oportunidad para alinear la actividad económica de cada empresa o autónomo con la nueva realidad del mercado. Cumplir con este trámite antes del 30 de junio de 2025 evitará complicaciones administrativas futuras y asegurará una correcta adaptación al nuevo entorno regulador y estadístico.
Para más información, pueden consultarse los portales del INE y de la Seguridad Social.
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